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ANTE LA INMINENTE APROBACION DE
UNA NUEVA LEY DE ADOPCIONES
1. La adopción de niños y niñas ha sido convertida en Guatemala, desde hace algunos años, en una actividad comercial y lucrativa, desvirtuando el carácter de nobleza que la misma tiene cuando se trata de dar una familia y un hogar estable al niño o niña abandonado, indigente, minusválido o no deseado.
2. En la actualidad se comercia con bebés y los mismos son tratados como simple mercancía, vendidos y comprados por medio de las redes de “trata de niños y niñas”. Muchas veces los niños y niñas no son dados voluntariamente sino se utilizan coacciones y engaños, vientres de alquiler y secuestros.
3. Esta situación es un síntoma más de lo que en numerosas ocasiones los obispos de Guatemala hemos denunciado al señalar que nuestro país vive una profunda crisis de valores humanos y morales.
4. Según el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos, en el informe “La situación de la niñez,” publicado en el año 2003: “debido a la falta de control estatal y el alto precio que pagan los adoptantes, la adopción, en lugar de ofrecer una solución apropiada para niños huérfanos o en abandono, involucra la existencia de redes de tráfico de niños. Dada la debilidad y las fallas de la administración de justicia guatemalteca….actualmente estas redes operan con total impunidad en el país, y según la información recibida……contarían con participación y/o aquiescencia estatal”.
5. Para evitar estas aberraciones y proteger los derechos de los niños y de las niñas en el año 1986 la Asamblea Nacional de las Naciones Unidas adoptó “la declaración sobre los principios sociales y jurídicos relativos a la protección y el bienestar de los niños, con particular referencia a la adopción y la colocación de hogares de guarda, en los planos nacional e internacional”. Tres años después la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la “Convención sobre los derechos del niño y en el año 1993 se adopta “el convenio relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional, en la Haya, Holanda.
6. Guatemala aprobó la “Convención sobre los Derechos del Niño” el 10 de mayo de 1990 y en el año 2002 el Congreso de la República aprobó el “Convenio de la Haya”, y aunque el presidente de la República había emitido el instrumento de adhesión en ese año, de nuevo el congreso de la República el 31 de mayo del año 2007 aprobó el “Convenio de la Haya” con vigencia a partir del 31 de diciembre del mismo año.
7. Según esto el Estado guatemalteco debe implementar el cumplimiento de estos convenios promulgando una ley sobre adopciones que se encuadre dentro de los contenidos de los convenios aprobados.
8. Gracias a la participación de la Mesa de Adopciones se ha logrado construir una iniciativa de ley conforme a los principios de la convención sobre los derechos del niño y al convenio de la Haya.
9. Toca ahora al Congreso de la República cumplir con su responsabilidad histórica al aprobar esa ley de adopciones que proteja los derechos del niño y enfrente con firmeza los desmanes y las actitudes inmorales de quienes han hecho de la adopción un negocio.
10. El pueblo de Guatemala y la Iglesia Católica esperamos y deseamos que el Congreso de la República apruebe esta ley de adopciones el próximo 11 de diciembre del año en curso.
Jesucristo nuestro Señor ha dicho: “Dejen que los niños vengan a mí, y no se lo impidan porque de los que son como éstos es el Reino de los cielos”
(Mt. 19,14)
Guatemala, 7 de diciembre de 2007
Mons. Alvaro Leonel Ramazzini Imeri
Obispo de San Marcos
Presidente de la Conferencia Episcopal de Guatemala
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